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Gabriel Montoya frente al “Estado de Derecho”

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Procuraduría General de Justicia del Estado de Chiapas. Foto: Archivo

Procuraduría General de Justicia del Estado de Chiapas. Foto: Archivo

 

Fue detenido por participar en una manifestación política que ocupó la presidencia municipal de Altamirano, Chiapas, hace más de trece años. Durante estos años, la averiguación previa se mantuvo inactiva, fue abandonada hasta la última semana de abril de 2014, poco después de que la señora Carabias publicara que fue secuestrada.

Se le acusa del delito de Atentado contra la Paz y la Integridad Corporal y Patrimonial de la Colectividad y del Estado, una figura penal casi imposible de demostrar en todos los casos en que se denuncia. Incurre en ella “quien realice actos en contra de las personas, cosas, o servicios públicos, utilizando explosivos, sustancias toxicas, armas de fuego, incendio, inundación, contagio colectivo o cualquier otro medio violento que produzca alarma, temor o terror en la población, en un grupo o sector de ella, para perturbar la paz pública o tratar de menoscabar la autoridad del Estado o presionar a éste para que tome una determinación.”

El delito es propio de sociedades con gobiernos autoritarios, y en nuestro contexto tuvo una amplia utilización durante el gobierno de Patrocinio González Garrido, aunque también fue utilizado por “el gobierno de la esperanza” y el de Sabines.

Trece años después de ocurridos los hechos, Gabriel Montoya fue detenido mediante la arbitraria orden de localización y presentación, que la Procuraduría de Justicia suele utilizar para detener a quien le da la gana, torturarlos y luego consignarlos ante el juez. Técnicamente, solo se puede “presentar” a una persona cuando existe el temor de que se fugue y que no se pueda acudir ante una autoridad jurisdiccional para solicitar una orden de aprehensión. ¿Cómo puede sostenerse que, después de trece años Gabriel intentaría fugarse? ¿Cómo es que en trece años no pudo acudirse ante un juez para solicitar una orden de aprehensión?

Una vez que fue detenido, Gabriel no fue interrogado por los hechos de Altamirano, que, se supone, fueron los que originaron la detención; sino por la organización comunal en La Lacandona, su participación como asesor, y sobre el presunto secuestro de Carabias.

A pesar de las arbitrariedades, la ausencia de delito, y la violación insultante de los derechos humanos constitucionales y universales, un juez de consigna, le inició un proceso penal.

¿Dónde quedó el Estado de Derecho?


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